Punto de Información SIREM

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El Colegio de Aparejadores y Arquitectos Técnicos de Madrid y el Ayuntamiento de la capital han firmado un convenio de colaboración hasta el año 2028 mediante el cual Aparejadores Madrid abre en su sede una oficina para brindar asistencia y orientación a los ciudadanos sobre los planes de ayuda municipales Rehabilita Madrid.

Además de informar de las condiciones y contenido de los planes Rehabilita Madrid que tramite el Ayuntamiento, el equipo técnico del Colegio asiste y colabora para el cumplimiento de los requisitos necesarios y en la cumplimentación de las solicitudes y documentación que se deba aportar en las convocatorias de los planes.

Asimismo, se revisarán las solicitudes y documentación presentadas para optar a las ayudas, asesorará en relación a cuestiones específicas de carácter técnico sobre los planes Rehabilita Madrid y asistirá técnicamente a los redactores de proyectos de obras y demás actuaciones establecidas en los planes, así como a los servicios técnicos municipales del Área de Gobierno de Políticas de Vivienda del Ayuntamiento.

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Plan de Ayudas del Ayuntamiento Madrid Cambia 360

El Ayuntamiento de Madrid activa una nueva edición de las Ayudas Cambia 360 para fomentar la movilidad sostenible y la eficiencia energética, con siete líneas de subvención que abarcan desde la renovación de vehículos particulares y de taxi hasta la sustitución de calderas, pasando por la distribución urbana de mercancías, las infraestructuras de recarga eléctrica, la micromovilidad y el achatarramiento de autobuses. Tres de las líneas han sido aprobadas por la Junta de Gobierno, mientras que las otras cuatro se articulan mediante decretos. El crédito total disponible asciende a 23,3 millones de euros.

Ayuntamiento de Madrid - Convocatorias publicadas en el BOCM nº 66 (19/03/2026) y en el BOAM nº 10.089 (19/03/2026).

 

 A continuación, resumimos la información más relevante centrándonos en lo que afecta a edificios, viviendas y garajes:

  • Renovación de instalaciones térmicas de gasóleo con tecnologías menos contaminantes
  • La instalación de infraestructura de recarga para vehículos eléctricos

¿Quién puede solicitar la ayuda?

  • Instalaciones térmicas (calderas de gasóleo): comunidades de propietarios con dos o más viviendas; personas físicas o jurídicas y comunidades de bienes propietarias o arrendatarias de fincas con dos o más viviendas o edificios de viviendas, y edificios del sector terciario
  • Infraestructura de recarga en garajes: titulares de concesiones de aparcamientos PAR y comunidades de propietarios con garajes colectivos

¿Quién debe formular la solicitud de ayuda?

  • Instalaciones térmicas (calderas de gasóleo): Los interesados podrán presentar su solicitud a través de una empresa instaladora adherida, gestionar la solicitud directamente o bien a través de un representante legal
  • Infraestructura de recarga en garajes: directamente de manera electrónica

¿Qué actuaciones se subvencionan?

  • Sustitución de calderas de gasóleo por sistemas térmicos menos contaminantes en edificios residenciales y terciarios
  • Instalación o preinstalación de infraestructura de recarga en aparcamientos PAR municipal y garajes comunitarios privados

¿Cuál es la cuantía de las ayudas?

  • Instalaciones térmicas: Se concederán ayudas de hasta un límite de 5.000 euros por vivienda en comunidades de propietarios para sistemas de climatización híbridos y renovables. Cuando sea para uso terciario, la subvención llegará hasta el 35 % del coste
  • Infraestructura de recarga: 90% del coste subvencionable en PAR y 65% en garajes comunitarios

¿Cuál es el procedimiento de concesión?
Hasta agotar fondos o hasta que finalice el plazo de presentación de solicitudes.

Concesión de ayudas por procedimiento simplificado de concurrencia competitiva (por orden de registro).
Las subvenciones son compatibles con otras ayudas para la misma finalidad. No obstante, el importe de éstas en ningún caso podrá superar el 90% del coste de la actuación, IVA excluido.

Para la infraestructura de recarga de vehículos, los solicitantes que desarrollen una actividad económica estarán sujetos a los límites establecidos en el Reglamento (UE) 2023/2831 de la Comisión, de 13 de diciembre de 2023, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimos.

 
Imagen tomada de la página web del Ayuntamiento de Madrid

Presupuesto total destinado

  • Instalaciones térmicas: 1.800.000 €, ampliables en 900.000 €
  • Infraestructura de recarga: 1.000.000 €, ampliables a 2.000.000 €

¿Cuál es el plazo para ejecutar las actuaciones?

  • Instalaciones térmicas: Realizar la renovación en el período subvencionable comprendido entre el 1 de enero de 2026 y el 31 de diciembre de 2026
  • Infraestructura de recarga: finalización de la ejecución de las actuaciones dentro de los nueve siguientes al de la publicación de la resolución de la convocatoria

¿Cuál es el plazo para justificar las actuaciones?

  • Instalaciones térmicas: hasta el 1 de febrero de 2027
  • Infraestructura de recarga: en un plazo: máximo de tres meses desde la conclusión del plazo para la finalización de la ejecución


¿Cuál es el plazo para solicitarla?

  • Instalaciones térmicas: del 20 de abril al 13 de noviembre de 2026
  • Infraestructura de recarga: del 20 de abril al 20 de mayo de 2026

 

Para obtener más información sobre la convocatoria consulta:
Página web del Ayuntamiento de Madrid
Madrid360 

Bases de las convocatorias del Ayuntamiento de Madrid:

Boletín de la Comunidad de Madrid:

Descarga de las Bases reguladoras: