Designación Judicial de Peritos

Designación Judicial de Peritos

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Un paso hacia la exigencia de experiencia o formacion específica para actuar como perito judicial:

El 3 de enero de 2025 ha sido publicada en el BOE la Ley Orgánica 1/2025 que, entre otras cuestiones, a dado un nuevo matiz a la regulación de los peritos en le Ley de Enjuiciamiento Civil, al modificar el apartado 1 del artículo 340 LEC, que queda redactado como sigue:

«1. Los peritos deberán poseer el título oficial que corresponda a la materia objeto del dictamen y a la naturaleza de este y ser acreditados expertos en la materia. Si se tratare de materias que no estén comprendidas en títulos profesionales oficiales, habrán de ser nombrados entre personas entendidas en aquellas materias».

Lo que parece desprenderse es que ahora sí que los Colegios podrán requerir a la hora de confeccionar las listas de peritos que éstos cuenten con una una experiencia “razonable”, por cuanto así lo prevé esta Ley Orgánica. 

Esto será de cara a los listados de peritos de 2026, ya que la ley  en términos generales entrará en vigor dentro de 3 meses (D.F. trigésima octava), salvo algunas cuestiones que entrarán en vigor a los 20 días y otras a los 9 meses.

 

Se detallan los balances y estadísticas de designación judicial de peritos, así como información de utilidad tal y como causas justificadas y no justificadas para la no aceptación de un peritaje.

 

Listados:

 

Presentaciones:

 

Otros:

 


 

 

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