Actualización del Listado de Peritos Terceros de Hacienda
Actualización del Listado de Peritos Terceros de Hacienda
La Comunidad de Madrid va a proceder a actualizar y publicar la lista de colegiados especializados en valoraciones y tasaciones dispuestos a actuar como peritos terceros en procedimientos de tasación pericial contradictoria asociados a las liquidaciones de los impuestos de sucesiones, donaciones y transmisiones patrimoniales (de conformidad con lo dispuesto en el artículo 57 de la Ley 28/2003 de 17 de diciembre, General Tributaria).
¿Qué son estas tasaciones?
La tasación pericial contradictoria es un derecho que el contribuyente puede ejercer cuando no esté de acuerdo con el valor comprobado por la Administración de los bienes y derechos que se adquieran, ya sea por compra, por donación o herencia. Cuando los valores comprobados por Hacienda y los demostrados por el contribuyente se distancian en mas de un 10%, éste tiene derecho a solicitar que un perito independiente de ambas partes (perito tercero) realice una nueva valoracion. La tasación del perito tercero determinará el valor definitivo de los bienes, con los límites del valor declarado (el del contribuyente) y el valor comprobado por la Administración Tributaria.
Honorarios: quién y cuánto se paga
Los honorarios de estos peritos no son libres, sino que están fijados por la Orden de 10 de mayo de 2012, de la Consejería de Economía y Hacienda, por la que por la que se establecen los honorarios estandarizados de los peritos terceros designados para intervenir en las tasaciones periciales contradictorias.
La cuantía máxima de los honorarios a percibir por los trabajos de peritación se calcula con arreglo a la siguiente escala, en función del valor comprobado por la Administración Tributaria para los bienes y derechos objeto de la valoración:
- Desde 0,01, hasta 50.000. Honorarios: 200 €
- Desde 50.000,01, hasta 8.000.000. Honorarios: 200 + (valoración x 0,00035)
- Desde 8.000.000,01 en adelante. Honorarios: 3.000 + (valoración x 0,00005)
Estos importes incluyen todos los gastos , menos el IVA de los servicios.
La aceptación por parte del perito tercero de la realización del encargo implicará la aceptación de la escala de honorarios.
El perito podrá solicitar la constitución de un depósito previo de sus honorarios, por la cantidad que resulte de la escala anterior + IVA.
Los honorarios del perito tercero serán finalmente satisfechos por el contribuyente si esta tasación es superior en un 20% al valor declarado, y si es inferior, correrán a cargo de la Administración.
El Informe:
El informe elaborado deberá ser específico para el bien objeto de valoración, atendiendo a sus características singulares, y estar motivado en cuanto al procedimiento o método de valoración empleado, señalando los cálculos realizados y las circunstancias tenidas en cuenta. Si se utiliza el método de comparación de mercado en la tasación de inmuebles, deberá describirse la mecánica y los testigos empleados, detallando su valoración y las razones de su utilización.
En las valoraciones de bienes inmuebles, deberá describirse de forma pormenorizada el inmueble, sus características y análisis de la finca, especificando superficies, régimen de tenencia y, en su caso, descripción del edificio donde se encuentra, antigüedad, acabados e instalaciones comunes, incluyéndose también planos y fotografías. Además, se realizará una descripción del entorno, con enumeración de equipamientos y dotaciones del mismo, como las referidas a las comunicaciones.
Los interesados en prestar este servicio que dispongan de la formación o experiencia necesaria en el ámbito de las tasaciones y valoraciones, deben comunicárnoslo mediante el siguiente Formulario de Inscripción antes del día 11 de febrero de 2022 a las 14h00 y sus datos se incluirán en el listado a remitir a la Consejería de Economía y Empleo, quien procederá a realizar un sorteo entre todos los tećnicos solicitantes el proximo dia 23 de febrero a las 10h30.
Aquellos colegiados que figuraban inscritos en 2021, deberán solicitar nuevamente su incorporación, en caso contrario, entenderemos su deseo de causar baja en el listado.
Centro de Atención Integral (CAI)
t: 91 701 45 00
@: buzoninfo@aparejadoresmadrid.es