El Título de Formación Profesional de Grado Superior de Técnico Superior en Prevención de Riesgos Profesionales, NO Habilita para Ejercer como Coordinadores de Seguridad y Salud en Obras
El Título de Formación Profesional de Grado Superior de Técnico Superior en Prevención de Riesgos Profesionales, NO Habilita para Ejercer como Coordinadores de Seguridad y Salud en Obras
El Título de Formación Profesional de Grado Superior de Técnico Superior en Prevención de Riesgos Profesionales, NO Habilita para Ejercer como Coordinadores de Seguridad y Salud en Obras
El pasado 12 de octubre de 2024 se publicó en el BOE el Real Decreto 958/2024, por el que se establecía el título de Técnico Superior en Prevención de Riesgos Profesionales. Sin embargo, esta norma generó controversia al incluir, en su artículo 7.2.d), la figura del "Coordinador de Seguridad y Salud en las obras de construcción" como una de las posibles ocupaciones y puestos de trabajo de los egresados de este título de FP, situación que suponía una potencial invasión de competencias reservadas legalmente a titulaciones universitarias habilitantes.
Ante esta situación, el Consejo General de la Arquitectura Técnica interpuso un recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Supremo, considerando que esa atribución vulneraba tanto la LOE como el Real Decreto 1627/1997, que regula las condiciones para ejercer la Coordinación de Seguridad y Salud, estableciendo que esta función solo puede ser desempeñada por arquitectos, arquitectos técnicos, ingenieros o ingenieros técnicos.
La Abogacía del Estado compartió este criterio, solicitando la suspensión del procedimiento y apoyando la supresión del artículo en cuestión. Finalmente, el Ministerio de Educación ha rectificado mediante la publicación del Real Decreto 532/2025, de 24 de junio, cuya Disposición Final Primera suprime el controvertido apartado 7.2.d).
Esta modificación reafirma que los titulados de Formación Profesional - Grado Superior de Técnico Superior en Prevención de riesgos profesionales - NO pueden ejercer como Coordinadores de Seguridad y Salud, función que está reservada a los profesionales con titulación universitaria de arquitectura, arquitectura técnica, ingeniería o ingeniería técnica según se establece el ordenamiento jurídico vigente.