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Ampliado el plazo de presentación de declaraciones y autoliquidaciones tributarias

Se amplía el plazo de domiciliación correspondiente a la presentación de determinadas  declaraciones y autoliquidaciones tributarias para atender a las necesidades excepcionales derivadas de la borrasca atmosférica "Filomena" que a su paso por la península Ibérica ha impedido y dificultado el normal desarrollo de toda clase de actividades.

La Orden HAC/5/2021, de 13 de enero, publicada en el BOE y en vigor el 14 de enero, establece el procedimiento y las condiciones para la domiciliación del pago de determinadas deudas a través de cuentas abiertas en las entidades de crédito que prestan el servicio de colaboración en la gestión recaudatoria de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, y es la que contiene la normativa que, con carácter general, señala los procedimientos y plazos para la domiciliación.

Respecto de las declaraciones que se podían domiciliar hasta el día 15 de enero de 2021 (por ejemplo, los modelos 111, 115, 123 y 216, como más frecuentes), estos procedimientos se ven excepcionalmente flexibilizados, siempre que les haya afectado la tormenta "Filomena", ampliándose hasta las 15h00 del día 18 de enero de 2021, para respetar los estándares tecnológicos en los procesos de pago que garanticen la calidad mínima de estos.

Agencia Tributaria

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