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    Noticia - El TS ratifica que las ITEs residenciales sólo pueden realizarse por profesionales de Edificación

    Se acaba de publicar la Sentencia del Tribunal Supremo nº 5042/2015 (Sala de lo Contencioso, sección 4º) de 25/11/2015, por la que se desestima el recurso del Colegio de Ingenieros Industriales de Madrid, en el que se impugnaba el Acuerdo de 13 de septiembre de 2012, del Ayuntamiento de Soria, por el que se procedió a la aprobación de la Ordenanza municipal para la aplicación de la Inspección Técnica de construcciones en Soria. El Supremo mantiene así el criterio establecido en la sentencia de 9 de diciembre de 2014, (ROJ: STS 5292/2014).

    De nuevo el Tribunal Supremo (con esta Sentencia se sienta jurisprudencia, como "fuente de Derecho" y, por tanto, de obligada aplicación por las administraciones y resto de los tribunales) declara que el reparto competencial establecido en la Ley de Ordenación de la Edificación 38/1999 es extensible a las inspecciones técnicas de los edificios, de forma que aquellos técnicos que no son competentes para proyectarlos o dirigirlos, tampoco pueden elaborar los informes de inspección técnica de los mismos.

    Deja sentado que respecto a los usos del apartado a) del art. 2.1 de la LOE (residencial, administrativo, sanitario, religioso, docente y cultural) solo podrán emitir tales informes los Arquitectos y los Arquitectos Técnicos.

    Esta resolución es plenamente coincidente con la mencionada Sentencia del Tribunal Supremo, de 9 de diciembre de 2014, que viene a consolidar, una vez más, la jurisprudencia manteniendo que las ITE de edificaciones residenciales sólo las pueden hacer los Arquitectos Técnicos y los Arquitectos, negando pues la competencia a los ingenieros e ingenieros técnicos.

    En la misma se ratifica la legalidad del artículo 8 de la Ordenanza Municipal de Segovia, por la que se establece la aplicación de la Inspección Técnica de la Edificación en Segovia. El referido texto remitía a la Ley de Ordenación de la Edificación 38/99, de 5 de noviembre, a efectos de determinar cuál sería el técnico competente para realizar la Inspección Técnica de los edificios, refiriéndose a las profesiones autorizadas para la intervención en obras de edificación, atendiendo a sus características de uso y tipología.

    La Sentencia considera que "la Ordenanza no limita las competencias de los Ingenieros (a los que excluye de las ITEs) ni contradice las capacidades genéricas y específicas de proyectar e informar que sus particulares regulaciones les atribuyen, sino que simplemente asume la lógica eficacia de la Ley de Ordenación de la Edificación a la hora de determinar los ámbitos de actuación de los Arquitectos y los Ingenieros en la Inspección Técnica, cuya íntima relación con la actividad de la construcción, en cuanto implica un examen e informe sobre su estado" resulta innegable la competencia de los mismos.

    Con anterioridad, este mismo Tribunal supremo, en sentencia de 13 de junio de 2006 (Sala de lo C-A, sección 3ª, Recurso 8261/2003), había ratificado la anulación de un visado otorgado por el Colegio de Ingenieros Aeronáuticos a un informe Técnico de Evaluación de un edificio residencial de Madrid, señalando lo siguiente:

    La Sala de instancia, fundamenta la declaración de nulidad de las resoluciones del COLEGIO OFICIAL DE INGENIEROS TÉCNICOS AERONÁUTICOS con base en la aplicación del artículo 2 de la Ley 12/1986, de 1 de abril , sobre regulación de las atribuciones profesionales de los Arquitectos e Ingenieros técnicos, al apreciar que, en razón del objeto del Informe emitido por el técnico actuante, capacitado profesionalmente como Ingeniero Técnico Aeronáutico (especialidad Aeropuertos), a instancia de la Comunidad de Propietarios, que se refiere a evaluar la situación de conservación de un inmueble destinado a viviendas, con el fin de comprobar "el estado de la cimentación, así como el estado de la cubierta, situando testigos para evaluación del crecimiento de las grietas principales", no se corresponde con las atribuciones de este facultativo al no poder incardinarse dentro de su respectiva especialidad ni quedar comprendido en la técnica propia de su titulación, según se razona en el fundamento jurídico segundo, en los siguientes términos.

    El pronunciamiento de noviembre de 2015 no es, pues, nuevo, pero sí definitivo y viene a confirmar la interpretación más extendida en los tribunales superiores de justicia de las CCAA:

    • Sentencia del TSJ de Cataluña, de 10 de junio de 2015, Sala de lo Contencioso-Administrativo, sección 3ª, Recurso 44/2011
    • Sentencia TSJ de Aragon, de 22 de junio de 2015, Sala de lo C/A, sección 1, Recurso 125/2013
    • Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, Sala de lo Contencioso-administrativo, Sección 2ª, Sentencia de 7 Feb. 2013, rec. 4505/2012.
    • Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Sala C-A, de 4 de febrero de 2013 (Rº Apelación 657/2012)

    Como conclusión debemos tener muy presente que los tribunales (ratificados por el TS, que sienta jurisprudencia sobre este tema), han interpretado el reparto competencial establecido por la Ley 38/1999 de Ordenación de la Edificación y dejan claramente establecido que sólo los técnicos con competencias para proyectar y/o dirigir las edificaciones del grupo a) del art. 2.1 (residencial , administrativo , etc), arquitectos y arquitectos técnicos, pueden elaborar y firmar informes técnicos sobre las condiciones de conservación de los mismos (ITEs, IEEs).

    De conformidad con lo establecido en nuestra Constitución y el reparto de poderes de la sociedad democrática en la que convivimos, corresponde al Parlamento la aprobación de las leyes y a los tribunales de justicia, en exclusiva, su interpretación y aplicación. Por tanto, ningún órgano consultivo o ejecutivo, de la administración del Estado, o de las CCAA o los propios entes locales, pueden aplicar otra interpretación o criterio que se desvíe de lo establecido por la Ley y la Jurisprudencia que la interpreta.

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    Noticia - Prepárate con el Colegio para las Oposiciones del Ayuntamiento

    Tras la publicación de las bases de la convocatoria de pruebas selectivas para el acceso a la categoría de arquitecto técnico del Ayuntamiento de Madrid, se prevé que se convoquen en las próximas fechas las oposiciones para arquitectos técnicos del Ayuntamiento.

    Las oposiciones constarán de tres pruebas:

    • La primera de ellas consistirá en contestar un cuestionario de 100 preguntas de un cuestionario determinado
    • El segundo ejercicio consiste en desarrollar por escrito dos temas que se determinarán por sorteo público en el mismo acto del examen, extraídos del programa
    • El tercer ejercicio: Consistirá en resolver por escrito dos supuestos prácticos, que determinará el Tribunal al inicio del ejercicio, relacionados con las materias de los grupos II y III del programa

    De esta manera, tras los tres ejercicios la calificación final de la fase de oposición vendrá determinada por la suma de las calificaciones obtenidas en los ejercicios de cada fase.

    No dejes pasar la ocasión y prepárate con nosotros.

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    Noticia - Crear y Editar Documentos en la Web LIE

    Crear y editar documentos

    Podrás crear borradores en la web para después finalizar en obra, ahorrando tiempo y facilitando la redacción de los documentos LIE (Anotaciones, Actas e Informes).

    Duplicar documentos

    Otra funcionalidad de la web es la de permitir duplicar documentos, de esta forma ahorrarás tiempo en la redacción de aquellos documentos que, por el ritmo de la obra, sean muy similares entre ellos.

    Podrás duplicar un documento cerrado y también un borrador que utilices a modo plantilla.

    8 pasos sacar partido a esta nueva funcionalidad

    t: 911 349 461

    @: info@optimizaprocess.com

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    Noticia - Vitruvio Socimi Real Estate y Colegio juntos en el Master Inmobiliario

    El Colegio y Vitruvio Socimi Real Estate unen sus esfuerzos y colaborarán en la impartición de programas formativos en materia de edificación, dirigidos a profesionales, entidades y empresas, y fundamentalmente en el desarrollo del Programa de Postgrado Máster Inmobiliario. "Asset, Property & Real Estate Management" [MIP]. A su vez, el Colegio de Aparejadores, la Fundación Escuela de la Edificaición y Vitruvio Socimi Real Estate, se comprometen a colaborar en futuros programas de investigación, desarrollo e innovación en materia de Economía Inmobiliaria, así como en proyectos que ambas entidades consideren adecuados a sus objetivos.

    El sector inmobiliario, una oportunidad laboral al alza

    Según los recientes datos del Ministerio de Fomento, la compra venta de viviendas ha crecido un 14,7% más que el mismo periodo del año pasado, cifra que no se alcanzadaba desde 2010 y la inversión a día de hoy ya ha superado la inversión total de 2016. Datos que indican que el mercado está demandando profesionales especializados en el sector inmobiliario.

    “Hoy en día el mercado está demandando profesionales más especializados que den respuesta a problemas actuales. Gracias a este acuerdo, nuestros alumnos seguirán reforzando su posición en el mercado laboral”, afirma Jesús Paños, Presidente del Colegio.

    Centro de Atención Integral - CAI

    t: 91 701 45 00

    @: cai@aparejadoresmadrid.es

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    Noticia - ¿Por qué Debemos Contratar a un Aparejador, Arquitecto Técnico o Ingeniero de Edificación?

    Mi entrada de esta sdfnana está dedicada a mi profesión, a la carrera que estudié y años después volvería a estudiar para que mis estudios estuviesen dentro de las titulaciones europeas.

    A continuación expondré las VENTAJAS que tiene el contratarnos para la Ejecución de una obra bien sea de nueva planta, una reforma, la adecuación de un local….Hoy en día está muy extendida la idea de que cualquiera puede gestionar, organizar y sobretodo dirigir la REFORMA de su casa, de su local,….. Total, si tengo claro lo que quiero hacer, sé el aspecto final que quiero que tenga, sé que materiales quiero dfnplear y donde los quiero comprar, los colores que me gustan, y un largo etc….¿Por qué tengo que pagar a una “persona” para que se encargue de todo eso cuando puedo hacerlo yo? ¿Qué va a hacer esa “persona” que no sepa hacer yo? ¿Por qué pagar algo que puedo ahorrarme? Parece fácil, así que “Me lo hago yo” y me gasto ese dinero en otra cosa. Asunto resuelto.

    En el caso de la OBRA NUEVA, la cosa cambia un poco pero no del todo, porque en este caso el tdfna que se plantea es: he estudiado otra carrera también “Técnica” pero mi especialidad es otra. He cursado algunas asignaturas relacionadas con la construcción no en profundidad pero si sé de qué va el tdfna. Trabajo y conozco el engranaje de la construcción…Caramba!! ¿Por qué voy a contratar a otro técnico si yo ya lo soy? Pese a que mi Titulación es posible que no tenga competencia para realizar esos trabajos, no importa, no pasa nada, me lo dirijo yo y luego ya veré…le pediré a alguien que me lo firme, le pago su firma y arreglado.

    Y aquí es donde mucha gente se equivoca, porque el hecho de contratar con los servicios de un profesional puede reportarnos muchas ventajas. Para afirmar esto me baso en una serie de razones:

    La primera de ellas es ALTOS CONOCIMIENTOS en MATERIALES y TÉCNICAS CONSTRUCTIVAS. Al ser una Titulación principalmente práctica centrada en la Ejecución de Obras, conocdfnos que materiales son más adecuados para cada tipo de intervención, sabdfnos cómo deben colocarse que precauciones hay que tener a la hora de disponerlos en obra para evitar futuras lesiones. Lo que se traduce en una buena PRACTICA CONSTRUCTIVA.

    La segunda, CONTROL ECONÓMICO que nunca perddfnos de vista. Somos capaces de controlar y recalcular, en aquellos casos en los que es necesario, el Presupuesto de Ejecución material. Dada nuestra experiencia, poddfnos determinar en función de las necesidades de nuestro cliente, que partidas son las que debdfnos ajustar, que materiales con las mismas prestaciones pueden resultar más económicos, en cuales hay que invertir el dinero para alcanzar determinados índices de confort, que ventajas ofrecen unos frente a otros en materia de ejecución……

    La tercera está directamente relacionada con la segunda y es la ALTA CAPACIDAD DE ORGANIZACIÓN y PLANIFICACIÓN, no poddfnos hablar de rentabilidad económica sino tendfnos claro cuáles son los medios humanos y materiales con los que contamos así como el plazo de ejecución del que dispondfnos para conseguir el objetivo final: Rapidez, Economía y Calidad. Solo es cuestión de estudiar bien la fase previa al comienzo de una obra para ser capaces de conocer y controlar hasta el mínimo detalle de mi planificación para optimizarla. Saber en que momento intervendrá cada uno, que necesitará para poder realizar su trabajo…..y ponerse manos a la obra.

    En cuarto lugar viene una de las que en mi opinión es fundamental y es ASESORAMIENTO PERSONALIZADO. Sí, es cierto puede sonar a eslogan de campaña publicitaria de bancos, seguros…pero es importantísima!! Porque somos la “PERSONA de CONFIANZA” la “PERSONA en la que DELEGAR”, la que te acompañará y estará a tu lado desde el principio hasta el fin velando sidfnpre por tus intereses. Te aconsejara, guiara, comentara, informara de pros y contra, escuchara tus peticiones…..lo que se traduce en cercanía.

    Íntimamente ligada con ésta está la TRANQUILIDAD y SEGURIDAD ofrecdfnos al cliente. No tiene por qué preocuparse por nada, ni discutir, ni enfrentarse con nadie porque los materiales no lleguen a tidfnpo, los trabajos no se ejecuten en la fecha pactada y se retrase, no se hagan las cosas bien……Porque para eso estamos nosotros, esa es nuestra FUNCIÓN y mi sexta razón: La GESTIÓN y CONTROL de todo el proceso para que el resultado sea perfecto.

    En séptimo lugar, y como resultado de nuestra formación. Somos personas con una GRAN CAPACIDAD RESOLUTIVA no solo frente a los imprevistos y contratidfnpos que puedan surgir durante el desarrollo de una obra sino también a la hora de resolver conflictos personales. Hay que tener mucha “mano izquierda” para dirigir una obra.

    Dicho esto podríamos resumir estas 7 razones en una única que engloba a todas y es la PROFESIONALIDAD que caracteriza a cualquier persona que trabaja en lo que le gusta, en aquello que ha estudiado, es la materia en la que se ha preparado durante años y que con el tidfnpo acaba dominando y se transforma en EXPERIENCIA. La Profesionalidad debe ser la seña de identidad de cada uno de nosotros.

    En último lugar, no quería terminar sin comentar algo relacionado con los primeros párrafos de mi post, me refiero a la ESPECIALIZACIÓN. Pasamos la mayor parte de nuestra vida estudiando, trabajando y formándonos porque uno nunca deja de aprender, y lo hacdfnos en aquello a lo que decidimos que queríamos dedicarnos. Nadie mejor que uno mismo sabe cuáles son sus competencias que materias y trabajos domina y para los que se ha preparado durante tidfnpo. No pasa nada porque no sepamos de todo, porque existan materias que sean competencia de otros profesionales. Eso es lo bueno y lo fantástico de las diferentes profesiones “el poder trabajar todos juntos y cada uno aportar los conocimientos que sabe” de esta manera ganamos todos no solo los clientes sino también los profesionales porque enriquecdfnos y mejoramos nuestro trabajo de forma que el resultado es cien veces mejor.

    Enhorabuena a Sandra Jiménez LLorens por este post, nos ha gustado mucho y parecido muy interesante!

    SJLL

    w: sjll.es

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    Noticia - Tarjeta Europea de Experto en Edificación

    Mediante la evaluación de la formación y experiencia profesional, se consigue asegurar unos estándares de profesionalidad que garantizan la seguridad, calidad y protección del consumidor.

    Para obtener la tarjeta EurBE el candidato deberá justificar sus conocimientos y habilidades en cada una de las competencias, mediante la aplicación dispuesta en www.arquitectura-tecnica.com, la información será revisada por el NMC (National Monitoring Committe)(1).

    El NMC español lo componen miembros elegidos por el CGATE y serán los encargados de evaluar las solicitudes recibidas. Dictaminará aquellos candidatos merecedores de la acreditación, que se enviaran al EMC (European Monitoring Committe) para su validación.

    El coste del proceso de evaluación inicial, incluyendo la cuota por los primeros cinco años, es de es de 140€ (IVA no incluido).

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    Noticia - Descubre el Mentoring y saca todo el jugo a tus capacidades

    Un programa dirigido a los colegiados que estén iniciándose en algunos de los ámbitos o aspectos de la profesión y necesitan un empujoncito de ayuda para mejorar sus capacidades y/o profundizar en aquellas materias que les pueda ser útiles en el agresivo mercado laboral.

    Según la Asociación Española de Mentoring, esta disciplina existe desde tiempos memorables. De hecho, el primero en adoptar esta técnica de aprendizaje fue Ulises que según La Odisea escogió a su amigo “Mentor” para enseñar a su hijo Telémaco durante su larga ausencia. Nació así el primer “mentor” que, a día de hoy, se desarrolla en el mundo empresarial con programas de alto potencial. Incluso en Estados Unidos ha adquirido tanta relevancia, que el ex presidente Obama declaró enero como el mes nacional del mentoring. El mentoring se diferencia del coaching en la experiencia que tiene el Tutor en la materia que está enseñando. Mientras en el coaching el tutor anima y fomenta el desarrollo de determinadas facultades, el tutor de mentoring alienta y, gracias a su experiencia, enseña a su tutelado en las facetas de la vida que más ha desarrollado y conoce.

    Lo fundamental de un mentor está en su expertise, ya que éste proporciona una ventaja competitiva importante de cara a aprender sobre el papel, con casos reales y sobre problemas que ya han podido suceder. Además, suelen contar con una amplia red de networking en diferentes sectores que también son de gran ayuda para los tutelados y, como ha explicado Isaura Ardila, una de las mentoras del programa, “los que nos encontramos en este proyecto tenemos una experiencia de gran valor y contactos de calidad, por lo que es esencial que compartamos estos conocimientos y hagamos énfasis en poner en valor las relaciones personales.”

    Sobre el mentoring, Ramón Suarez, miembro de la Asociación Española de Mentoring, comenta: “el mentoring no tiene nada que ver con las labores de consultoría, porque un mentor no ejerce de consultor mientras es mentor. Tampoco es un coach, ni un formador. Un mentor, por su capacidad, establece un nexo de confianza con el mentorizado, tiene que haber una empatía”.

    El Colegio quiere potenciar este programa incluyendo un seguimiento exhaustivo del programa, que durante 9 meses estará activo, fomentando las capacidades de los colegiados y ayudando a acercar diferentes aspectos de la profesión a los más jóvenes. Para Roberto Domínguez, uno de los tutelados del programa, este programa de mentoring del Colegio es una ayuda fundamental. Así, Dominguez señala que “sales de la carrera desvalido, con algunas ideas o conceptos que nadie aprende si no se enseñan. Es esencial una figura que ponga una dirección y un sentido, que ayude a unir los puntos.”

    El conocimiento es, probablemente, el bien intangible con más valor en el mundo empresarial y desde Aparejadores de Madrid, tal y como apunta Sonia Nuño, responsable del Gabinete de Orientación Profesional del Colegio, “creemos que es importante que ese conocimiento se vaya transmitiendo de generación a generación. De esta manera, aseguraremos nuestro futuro con los mejores profesionales en diversos ámbitos de actuación, con diferentes habilidades y cada vez con más y mejores conocimientos que a su vez legarán a generaciones venideras”.

    Gabinete de Orientación Profesional

    t: 91 701 45 00

    @: mentoring.cimbra@aparejadoresmadrid.es

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    Noticia - Arranca el Nuevo Curso Académico con Ofertas para Colegiados

    Un año más, desde el Colegio presentamos el Plan de Formación 2017-2018, enfocado sobre dos pilares esenciales: calidad académica y empleabilidad. En el mercado de la formación, la oferta en general, es amplia y masiva no solo en contenidos, sino en formatos y modalidades académicas. Por eso, con este Plan de Formación 2017-2018 buscamos la diferenciación, para que nuestros alumnos y alumnas desarrollen sus mejores habilidades y accedan al mercado laboral con la mejor formación posible.

    El Colegio, a través de la Fundación Escuela de la Edificación, lleva más de 35 años siendo líder y referente de la formación especialista y de calidad en el sector de la edificación. Nuestro programa destaca por ofrecer valores diferenciales tales como claustros de prestigio, contenidos actuales, títulos de alto reconocimiento, etc. Del mismo modo, la participación y vínculo de empresas del sector en los cursos y masters garantiza el acceso al alumno a contactos y casos reales que se incorporan como valor añadido al proceso formativo; cada vez más dinámico, activo, digital y práctico para nuestros alumnos.

    El curso académico 2017-2018 incluye la Certificación Profesional en todos sus Programas Máster:

    Fruto del acuerdo entre la Agencia de Certificación Profesional y el Colegio, el año académico que va a dar comienzo, incluirá en el precio de la matrícula la posibilidad de que los alumnos obtengan la Certificación Profesional vinculada al Programa Máster que estén cursando.

    De esta forma, los alumnos además de obtener un título académico, podrán someterse al proceso de obtención de un certificado acreditativo de sus competencias, del máximo valor en los procesos de selección de personal y acceso al mercado laboral.

    Además, todos los colegiados se podrán beneficiar de condiciones ventajosas tanto en el precio de los cursos como en las formas de pago. Del mismo modo, existe la posibilidad de acceder a la matriculación desde el Plan de Ayudas que el Colegio pone a la disposición de todos los colegiados.

    Área de Formación del Colegio y Fundación Escuela de la Edificación

    @: formacion@aparejadoresmadrid.es

    w: escuelaedificacion.org

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    Noticia - Solicitud de Ingreso como Miembro de AssocRICS

    La Royal Institution of Chartered Surveyors (RICS) es una asociación profesional del Reino Unido que agrupa a más de 125.000 profesionales de diferentes especialidades, todas relacionadas con el mundo inmobiliario, como building Surveying, control de la construcción, finanzas e inversión inmobiliaria, gestión de costes en la construcción (quantity surveying), gestión de proyectos, gestión y promoción residencial, valoración, etc.

    Disponen de sede en muchos países, las más importantes después de Reino Unido son las de Asia y América.

    Tal y como indica el acuerdo, los Arquitectos Técnicos colegiados con más de un año de experiencia, podrán optar al acceso a la categoría de AssocRICS mediante la evaluación de la formación, experiencia profesional y una evaluación ética, en las que el profesional debe demostrar sus competencias.

    Para realizar el ingreso como miembro AssocRICS existen dos vías de reconocimiento profesional por el momento: Building Surveying y Building Control. En la guía encontrará todos los datos necesarios para llevar a cabo dicho proceso.

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    Noticia - Resultado Elecciones 2017

    La Junta Electoral del Colegio Oficial de Aparejadores y Arquitectos Técnicos de Madrid proclamó a Jesús paños Arroyo como candidato electo de la Corporación de acuerdo con el resultado de las elecciones celebradas el pasado 1 de junio en la sede colegial.

    Un total de 8.205 colegiados con derecho a voto estaban llamados a las urnas para la renovación de la totalidad de cargos de la Junta de Gobierno y Comisión de Recursos en una jornada electoral que transcurrió con total normalidad.

    En base a los resultados obtenidos tras el escrutinio de los votos en el proceso electoral, convocado de conformidad con la Normas Estatutarias sobre Elecciones en cumplimiento con los Estatutos del Colegio, la nueva Junta de Gobierno y la nueva Comisión de Recursos del Colegio Oficial de Aparejadores y Arquitectos Técnicos de Madrid estarán conformadas por los siguientes colegiados:

    Junta de Gobierno

    • Presidente: Jesús Paños Arroyo
    • Vicepresidente: Gregorio Díaz Están
    • Secretario: Rafael Fernández Martín
    • Tesorero-Contador: José Francisco Gómez Regueira
    • Vocal 1: Francisco Hernanz Emperador
    • Vocal 2: Jesús Esteban Gabriel
    • Vocal 3: Marta Barona Pastor
    • Vocal 4: Paloma Díaz Zalabardo
    • Vocal 5: Cristina Lages Téllez
    • Vocal 6: Natalia González Pericot

    La Toma de Posesión de los cargos de la Junta de Gobierno resultantes de las Elecciones se realizará en acto público en el salón de actos del Colegio el 8 de junio a las 13h00.

    Comisión de Recursos

    • Fernando López Rodríguez
    • José Méndez Martín
    • José Miguel Rizo Aramburu
    • Alberto Serra María-Tomé
    • Adolfo Terán Carrasco

    La Toma de Posesión de los cargos de la Comisión de Recursos resultantes de las Elecciones se realizará en acto público en el salón de actos del Colegio el 8 de junio a las 13h00.

    Portal del Colegiado > Menú Elecciones 2017

    t: 91 701 45 00

    @: cai@aparejadoresmadrid.es