Nuevas Medidas de Protección ante el Covid-19
Nuevas Medidas de Protección ante el Covid-19
La Comunidad de Madrid, en cumplimiento de la Resolución Ministerial de 30 de septiembre, de la Secretaría de Estado de Sanidad, ha publicado la Orden 1273/2020, de 1 de octubre, de la Consejería de Sanidad, por la que se aprueban actuaciones coordinadas en salud pública.
Estas nuevas medidas de restricción a la movilidad, reducción de actividad, ocio y control de aforos, afectarán a 10 municipios, incluida Madrid capital y entraron en vigor a las 22h00 horas del viernes 2 de octubre.
Se aplicarán a los municipios que cumplan con una incidencia mayor a 500 contagiados por cada 100.000 habitantes en los últimos 14 días, un porcentaje de positividad en las pruebas diagnósticas superior al 10% y una ocupación en las UCI por encima del 35%.
Estos son los municipios madrileños que se verán afectados por las nuevas restricciones:
- Madrid capital
- Alcalá de Henares
- Alcobendas
- Alcorcón
- Fuenlabrada
- Getafe
- Leganés
- Móstoles
- Parla
- Torrejón de Ardoz
El Gobierno Regional también ha prorrogado las restricciones de movilidad y reducción de actividad en las siguientes Zonas Básicas de Salud:
- San Sebastián de los Reyes (Reyes Católicos)
- Humanes de Madrid
- Moraleja de Enmedio
Las restricciones afectan también a las zonas de salud ya confinadas y se tendrá libre movilidad dentro de cada municipio, siendo éstas las más importantes:
- Se restringirá la entrada y salida de personas de los municipios, salvo para aquellos desplazamientos justificados (asistencia a un centro sanitario, al trabajo, a clase, retorno a la residencia habitual, ir al banco, asistir a personas dependientes, renovar permisos o documentaciones oficiales, por causa de fuerza mayor o justificándolo).
- Límite de 6 personas en las reuniones (tanto privadas como públicas).
- Se reduce el aforo máximo a un tercio en lugares de culto. En los velatorios en espacios al aire libre se limita a 15 personas y a 10 si es en espacios cerrados.
- Los establecimientos de hostelería y restauración, de juegos y apuestas, locales comerciales y servicios abiertos al público deberán reducir también su aforo máximo al 50% y cerrar, como tarde, a las 22h00 horas. Además, no se permitirá el servicio en barra y la ocupación máxima será de 6 personas por mesa.
- Límite de aforo para las instalaciones deportivas (tanto en interior como en exterior)
- En las academias, autoescuelas y centros privados de enseñanzas no regladas, el aforo máximo será del 50%
Todas estas medidas se aplicarán durante 14 días naturales desde su entrada en vigor, aunque se podrán prorrogar por más tiempo si lo requiere la evolución de la situación epidemiológica.
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