El Colegio renueva el convenio del Sistema Arbitral de Consumo
El Colegio renueva el convenio del Sistema Arbitral de Consumo
El Colegio ha renovado recientemente el convenio suscrito con la Comunidad de Madrid para garantizar el funcionamiento del Sistema Arbitral de Consumo en nuestro ámbito territorial durante el periodo 2022-2024.
El Sistema Arbitral de Consumo es un procedimiento extrajudicial, voluntario, gratuito, sencillo y rápido. Los expedientes se tramitan en noventa días naturales desde la fecha en que se recibe la documentación completa y necesaria para tramitar el procedimiento.
Para su aplicación, el arbitraje debe ser aceptado obligatoriamente por ambas partes. En este sentido, existe un buscador de empresas adheridas a este procedimiento que pueden identificarse utilizando la siguiente herramienta de la web de la Comunidad de Madrid.
Los establecimientos sometidos voluntariamente al arbitraje son también fácilmente reconocibles porque sus instalaciones exhiben los sellos o etiquetas oficiales como Establecimiento Adherido.
El Colegio apoya y apuesta decididamente por este sistema de resolución extrajudicial de conflictos entre los consumidores y las empresas. Nuestra institución participa en las Juntas Arbitrales, aporta técnicos que actúan como árbitros acreditados y difunde activamente el sistema arbitral entre sus colegiados con el fin de lograr su adhesión. Se trata de una vía rápida y eficaz para la consecución de acuerdos, pero que –conviene subrayar– cierra la posibilidad posterior de apelar a los tribunales sobre el asunto en litigio.
Ante cualquier conflicto o problema de consumo puede recurrirse al arbitraje, aunque con importantes excepciones. Están excluidas de este sistema todas aquellas situaciones en las que haya intoxicación, lesión, muerte o existan indicios de delito. El arbitraje tampoco puede aplicarse sobre las causas sobre las que exista una resolución judicial firme. Asimismo, quedan fuera de este procedimiento los conflictos que afecten a materias sobre las que las partes no tienen poder de libre disposición. Por último, tampoco podrán acogerse al arbitraje aquellas situaciones en las que las partes no tengan capacidad de obrar o no puedan actuar por sí mismas.
Cursos sobre Consumo
La Dirección General de Comercio y Consumo de la Comunidad de Madrid está organizando una serie de cursos y jornadas de formación online sobre temas de consumo y el Instituto Regional de Arbitraje de Consumo ha propuesto el contenido de varias ponencias con el objetivo principal de contribuir a la formación de los árbitros de consumo .
Dos jornadas básicas para los árbitros de reciente o próxima incorporación a la Junta Arbitral Regional de Consumo de la Comunidad de Madrid, para intervenir como vocales de los colegios arbitrales y de actualización y de formación continua de para todos los árbitros de consumo.
- La libre disposición de las partes en el arbitraje de consumo - 15 de Junio a las 11h00
- Recursos contra los Laudos Arbitrales - 23 de Junio a las 11h00